Artículo 1 — Artículo 1
Establécese la siguiente tarifa para el suministro porparte de CONEAT de información a nivel predial a propietarios y titulares de explotaciones agropecuarias: - tarifa básica N$ 0,30 (son treinta centésimos de nuevos pesos) por cada hectárea de superficie, siendo el costo mínimo de cada solicitud N$ 100.00 (son nuevos pesos cien).