Artículo 1 — Artículo 1
Establécese en N$ 53.23 (son nuevos pesos cincuenta y tres con veintitrés centésimos), el precio del trigo que venderá el Ministerio de Agricultura y Pesca, por intermedio del Sector Granos, a la industria molinera. Dicho precio es por cada cien (cien) kilogramos a granel, grado 1, peso hectolítrico 78, puesto en los depósitos habilitados donde se encuentra almacenado. (*)