Decreto329-1981·1981

Se denomina al personal superior Radiotelegrafista

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

21 de julio de 1981

Fecha de publicación

28 de julio de 1981

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Denomínase al Personal Superior Radiotelegrafista (R.T.) que no optó por pasar al Arma de Comunicaciones de acuerdo al artículo 9º de la ley 14.987 de 1980 y al Personal Superior Radiotelegrafista en situación de retiro, como Personal Superior Especialista en Comunicaciones.

Artículo 2Artículo 2

Desígnase al actual Escalafón de Radiotelegrafista para Personal Superior como Escalafón de Especialista en Comunicaciones para Personal Superior, hasta que se cumplan los límites establecidos en el artículo 91 de la ley 14.987.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, publíquese y archívese.-