Artículo 1 — Artículo 1
Facúltase al Ministerio de Agricultura y Pesca a contratar con el Banco de la República Oriental del Uruguay, y con cargo al Fondo de Estabilización del Precio del Azúcar, préstamo por la suma necesaria para abonar a los productores el saldo impago de la materia prima correspondiente a la zafra de caña de azúcar 1975/976.