Decreto332-1979·1979

Fijación de plazos para efectuar regularizaciones a que obligan las reestructuras y racionalizaciones administrativas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

7 de junio de 1979

Fecha de publicación

26 de junio de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

El plazo de 60 días para efectuar las regularizaciones a que obligan las reestructuras y racionalizaciones administrativas aprobadas por el Poder Ejecutivo al amparo de lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 14.800, de 20 de junio de 1978, se deberá computar a partir de la fecha de aprobación de cada decreto que apruebe la respectiva reestructura.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.