Decreto335-1976·1976

Modificación de disposiciones de la ley Orgánica militar 10.757, relativas a ascensos de Oficiales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

15 de junio de 1976

Fecha de publicación

21 de junio de 1976

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase el R) VIII del artículo 300º del decreto 12.822 del 22 de diciembre de 1948 que quedará redactado de la siguiente manera: R) VIII: a) En el caso de ascenso de un Oficial se asentarán los números que identifican las correspondientes Resoluciones del Poder Ejecutivo, Boletín del Ministerio de Defensas Nacional y Orden del Comando General del Ejército, inmediatamente antes del Cuadro A de su informe anual de Calificación; b) En este Documento se separarán gráficamente los asientos comprendidos entre el 1º de diciembre y el 31 de enero inclusive, de todo otro asiento; c) Establécese asimismo, que las actuaciones del Oficial cumplidas en el grado anterior al que es promovido pero realizadas con posterioridad al 1º de febrero inclusive, formarán parte del informe de Calificación en el nuevo grado.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.