Decreto336-1984·1984

Fijación de reintegros para buques pesqueros de bandera nacional. Junio 1984. Noviembre 1984

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de agosto de 1984

Fecha de publicación

23 de agosto de 1984

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Prorrógase, desde el 1º de junio y hasta el 30 de noviembre de 1984, la vigencia del régimen establecido por el decreto 88/981, de 25 de febrero de 1981.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.