Decreto338-1970·1970

Tributos. Facilidades de pago

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

14 de julio de 1970

Fecha de publicación

20 de julio de 1970

Texto

Fíjase una bonificación para las personas físicas, núcleos familiares y sucesiones indivisas que paguen los impuestos a la Renta y al Patrimonio del año fiscal 1969, en tres cuotas iguales y en plazo. Dispónese que los contribuyentes de los impuestos a la Producción Mínima Exigible de las Explotaciones Agropecuarias y a las Rentas de la Industria y Comercio que grava a los productores agropecuarios, podrán acogerse a los plazos establecidos en el Decreto Nº 230/970, en las condiciones que se determinan.