DecretoNº 34-1968·1968
Importaciones. Buques mercantes
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de enero de 1968
Fecha de publicación
22 de enero de 1968
Texto
Exonérase del impuesto a las importaciones de la Ley 13.420 artículo 70, demás tributos, tasas y derechos aduaneros a los buques de marina mercante. Modifícase el artículo 5 del Decreto de fecha 31 de agosto de 1949 y el artículo 19 del Decreto de fecha 1° de febrero de 1956, relativo a la intervención del Banco de la República Oriental del Uruguay en dichas importaciones exentas de gastos por comisión, tasas y operación cambiaria.