Decreto34-1974·1974

Restricción de circulación de vehículos Oficiales conforme al decreto 29/974

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de enero de 1974

Fecha de publicación

24 de enero de 1974

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Aclárase que la circulación de los vehículos oficiales queda prohibida en todo el territorio nacional en la misma forma que está dispuesto en el artículo 7° del decreto 11 de enero de 1974, y con las excepciones, allí dispuestas

Artículo 2Artículo 2

Las excepciones establecidas en el artículo 8° del decreto citado rigen también respecto a circulación de camiones, camionetas, etc., oficiales.