DecretoNº 348-1967·1967
Funcionarios policiales. Carrera policial
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de junio de 1967
Fecha de publicación
9 de junio de 1967
Texto
Establécese que, salvo los casos de designación directa, sólo podrá ingresarse al servicio público de policía por los últimos grados del escalafón, y se dan normas en materia de calificación y ascenso de personal para las Jefaturas del Interior del País.
Normas sobre el mismo tema
- Ley 20461Autorización del ingreso al país de efectivos, aeronaves y helicópteros pertenecientes al Ejército del Aire y del Espacio del Reino de espana
- Ley 20465Autorización de salida del país de personal y medios de la fuerza aérea Uruguaya para participar en el ejercicio militar "cooperacion XI"
- Ley 20460Autorización del ingreso al país del buque Hospital de la Armada del Ejército Popular de Liberación de China "SILK ROAD ARK" (N° 867)
- Ley 20447Transferencia de inmuebles, a título gratuito, del Ministerio de Defensa Nacional a la Intendencia de Durazno
- Decreto 174-2025Modificación del art. 1º del decreto 517/007, relativo a las partidas, beneficios y compensaciones del escalafon policial
- Ley 20421Autorización de salida del país de una delegación de efectivos del Ejército Nacional, a los efectos de participar en la conmemoración de la independencia de brasil