Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse los artículos 1 y 3 del decreto de fecha 11 de julio de 1963.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de julio de 1981
Fecha de publicación
6 de agosto de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Deróganse los artículos 1 y 3 del decreto de fecha 11 de julio de 1963.
Artículo 2 — Artículo 2
Las resoluciones dictadas en aplicación del artículo 1 del decreto de 11 de julio de 1963, que se deroga, caducarán al término de la misión respectiva.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, etc.