Decreto349-1983·1983

Fijación del valor del trámite urgente de la cédula de identidad. Setiembre 1983

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

20 de setiembre de 1983

Fecha de publicación

14 de octubre de 1983

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase el valor del "Trámite Urgente" de expedición de Cédula de Identidad, categoría que se crea por este decreto en el doble del valor de la Cédula de Identidad.

Artículo 2Artículo 2

Fíjase en la suma de N$ 20.00 (nuevos pesos veinte) el valor de los certificados y/o constancias que expida la Dirección Nacional de Identificación Civil en ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 3Artículo 3

Exonerar del pago de las tasas percibidas por esta Dirección Nacional a quienes les sea prácticamente imposible abonarlas por carencia total de recursos.

Artículo 4Artículo 4

Publíquese, etc.