Decreto350-1969·1969

Establecimientos frigoríficos. Declaraciones juradas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de julio de 1969

Fecha de publicación

29 de julio de 1969

Texto

Amplíanse disposiciones del Decreto Nº 274/969 de 12 de junio de 1969, en el sentido de establecer que los frigoríficos exportadores de carnes, deberán presentar al Ministerio de Industria y Comercio declaración de existencias, deudas bancarias y comerciales al 31 de mayo de 1969.