DecretoNº 352-1968·1968
Comercio exterior. Vehículos automotores. Admisión temporaria
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de junio de 1968
Fecha de publicación
7 de junio de 1968
Texto
Prorrógase hasta el 31 de julio de 1968 el plazo establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 244/968 para el pago del impuesto a los vehículos amparados en el régimen de admisión temporaria.