Decreto352-1968·1968

Comercio exterior. Vehículos automotores. Admisión temporaria

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de junio de 1968

Fecha de publicación

7 de junio de 1968

Texto

Prorrógase hasta el 31 de julio de 1968 el plazo establecido en el artículo 2 del Decreto Nº 244/968 para el pago del impuesto a los vehículos amparados en el régimen de admisión temporaria.