DecretoNº 353-1965·1965
Reglamentación del artículo 222 de la ley Nº 13.318. Prefectura General Marítima. Cobro de servicios de vigilancia especial
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
10 de agosto de 1965
Fecha de publicación
27 de agosto de 1965
Texto
Reglaméntase el artículo 222 de la Ley Nº 13.318, por el cual se autoriza a la Prefectura General Marítima a cobrar por la prestación de servicios de vigilancia especial.