Decreto353-1981·1981

Comercio exterior

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

24 de julio de 1981

Fecha de publicación

26 de agosto de 1981

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Amplíase la nota complementaria 3 del Capítulo 85 de la Nomenclatura Arancelaria y Derechos de Importación (NADI) inserta en el apartado a) del artículo 1º del decreto 165/981, de 8 de abril de 1981, en la siguiente forma: "Asimismo, por kit, se admite una tolerancia de componentes armados (subconjuntos) cuyo peso en total no exceda del 5% del peso neto del kit". Se entenderá por peso neto el kilaje del kit excluido embalaje, gabinete, cinescopio con yugo y transformador de poder. Excedida la tolerancia para los subconjuntos, la totalidad de los componentes pierden la condición de kits, debiendo clasificar por los ítems NADI 85.15.01.19 u 85.15.01.99, según corresponda.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc