Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Río Negro a modificar las bases de imposición de las Patentes de Rodados según lo dispuesto en el artículo 3 de este decreto.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
20 de junio de 1979
Fecha de publicación
11 de julio de 1979
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase a la Intendencia Municipal de Río Negro a modificar las bases de imposición de las Patentes de Rodados según lo dispuesto en el artículo 3 de este decreto.
Artículo 2 — Artículo 2
El resultado del aumento proyectado así como su destino se establecerá en forma explícita en la próxima modificación presupuestal.
Artículo 3 — Artículo 3
Establécese que para el cálculo de la Patente de Rodados del año 1979, la Intendencia Municipal de Río Negro aplicará la tabla de valores del Banco de Seguros del Estado vigente a diciembre de 1978.
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.