Decreto358-1984·1984

Modificación de la delegación de la República en la Comisión Mixta Económico Comercial con la union de las Repúblicas socialistas sovieticas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

30 de agosto de 1984

Fecha de publicación

19 de setiembre de 1984

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Modifícase la Delegación de la República a la Primera Reunión de la Comisión Mixta Económico-Comercial con la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas que quedará integrada de la siguiente manera: un Delegado del Ministerio de Relaciones Exteriores, un Delegado del Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Comercio Exterior - y un Delegado de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.

Artículo 2Artículo 2

El Delegado del Ministerio de Economía y Finanzas presidirá la referida Delegación a la Comisión Mixta Económico-Comercial.

Artículo 3Artículo 3

La Delegación de la República en la Comisión Mixta Económico-Comercial, estará asimismo integrada por asesores de los diversos Ministerios y organismos del Estado que corresponda de acuerdo a los temas que deba considerar.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, etc.