DecretoNº 36-1966·1966
Fijación de aforos. Cueros y lanas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
27 de enero de 1966
Fecha de publicación
4 de febrero de 1966
Texto
Fíjanse los aforos para la exportación de lanas sucias, lavada, semilavada, cueros vacunos, sebo, oleo, astas vacunas, huesos comunes y cueros lanares para el trimestre que se determina.