DecretoNº 36-1971·1971
Comercio exterior. Importaciones. Vehículos de alquiler
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
21 de enero de 1971
Fecha de publicación
28 de enero de 1971
Texto
Establécese que los beneficiarios del régimen de importación de vehículos para alquiler con franquicias podrán importar sus unidades a través de las firmas importadoras que han sido autorizadas al efecto por el Ministerio de Industria y Comercio o directamente luego del cumplimiento de ciertos requisitos que se consignan.