Decreto36-1974·1974

Determinación de la forma de ingreso de funcionarios a la Administración Central

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de enero de 1974

Fecha de publicación

24 de enero de 1974

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

En todos los procedimientos para provisión de cargos en la Administración Central, será preceptivo el previo análisis exhaustivo de los antecedentes personales de los aspirantes, en cuanto posibiliten el efectivo cumplimiento de las exigencias contenidas en los artículos 2, inciso d) del decreto Ley número 10.388 de fecha 13 de febrero de 1943 y 40 de la Ley número 11.923, de 27 de marzo de 1953.

Artículo 2Artículo 2

Los Entes Autónomos y Servicios Descentralizados adoptarán por decisiones internas las normas del presente decreto. El Poder Ejecutivo apreciará, en el ejercicio de sus poderes de contralor, el modo como se cumple el presente decreto.