Decreto36-1975·1975

Fijación del monto para la percepción del tributo Unificado, ejercicio 1975

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de enero de 1975

Fecha de publicación

20 de enero de 1975

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Para la percepción del Tributo Unificado por el año 1975, fíjase en la cantidad de $ 54:000.000.00 (cincuenta y cuatro millones de pesos) el límite de ingresos brutos, reales o fictos, obtenidos en el año civil inmediato anterior, o la proporción que corresponda al período de actividad en el caso de iniciación de actividades con posterioridad al 1º de enero de 1975.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, publíquese, etc.