Artículo 1 — Artículo 1
La Dirección General de Estadística y Censos tendrá a su cargo la Coordinación General del Sistema Estadístico Nacional, propiciando la aplicación de los procedimientos metodológicos tendientes a obtener un óptimo nivel de calidad y aceptación de los datos, evitando la superposición de tareas, así como la vigencia de las demandas insatisfechas.