DecretoNº 362-1971·1971
Industria vitivinicola. Presentación de balances contables
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
15 de junio de 1971
Fecha de publicación
21 de junio de 1971
Texto
Acuérdase un plazo de treinta días a bodegueros y fabricantes de vinos, artículos de perfumería y tocador, para la presentación de los estados o balances de operaciones realizadas el mes anterior.