DecretoNº 364-1974·1974
Fijación de destino de los cueros bovinos frescos, para la Industria de curtiembre
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
9 de mayo de 1974
Fecha de publicación
21 de mayo de 1974
Texto
Establécese que los cueros bovinos frescos, procedentes de las faenas de los establecimientos frigoríficos exportadores comprendidos en las disposiciones del Decreto N° 402/971, deberán ser ofrecidos quincenalmente en forma directa y prioritaria, a las industrias de curtiduría debidamente acreditadas.