Decreto364-1974·1974

Fijación de destino de los cueros bovinos frescos, para la Industria de curtiembre

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

9 de mayo de 1974

Fecha de publicación

21 de mayo de 1974

Texto

Establécese que los cueros bovinos frescos, procedentes de las faenas de los establecimientos frigoríficos exportadores comprendidos en las disposiciones del Decreto N° 402/971, deberán ser ofrecidos quincenalmente en forma directa y prioritaria, a las industrias de curtiduría debidamente acreditadas.