Decreto364-1980·1980

Tasaciones de inmuebles a ser expropiados. Criterio de actualización

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

25 de junio de 1980

Fecha de publicación

15 de julio de 1980

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

La tasación de las propiedades expropiadas para el cumplimiento de las funciones de los distintos órganos del Poder Ejecutivo, y el pago de las compensaciones resultantes, se realizarán conforme a lo dispuesto por el decreto 610/979 de 17 de octubre de 1979.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.