Decreto365-1966·1966

Huevos de gallina. Camaras frigoríficas. Sellado

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de julio de 1966

Fecha de publicación

3 de agosto de 1966

Texto

Establécese que los huevos que se depositen en cámaras frigoríficas con destino a la exportación, deberán ser previamente sellados con la palabra "Uruguay", sustitutiva de la abreviatura "FRIG" establecida por el Decreto de fecha 24 de mayo de 1962.