DecretoNº 365-1966·1966
Huevos de gallina. Camaras frigoríficas. Sellado
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de julio de 1966
Fecha de publicación
3 de agosto de 1966
Texto
Establécese que los huevos que se depositen en cámaras frigoríficas con destino a la exportación, deberán ser previamente sellados con la palabra "Uruguay", sustitutiva de la abreviatura "FRIG" establecida por el Decreto de fecha 24 de mayo de 1962.