Decreto365-1981·1981

Préstamos hipotecarios

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de julio de 1981

Fecha de publicación

13 de agosto de 1981

Artículos (4)

Artículo 1Artículo 1

Derógase el decreto 570/970, de 16 de noviembre de 1970, dictado de conformidad a lo prescripto en el inciso 17 del artículo 168, de la Constitución de la República.

Artículo 2Artículo 2

Declárase la validez de las estipulaciones sobre montos y plazos contenidos en los contratos de préstamos e hipotecas a que se refieren los artículos 1 y 2 del decreto 570/970, de 16 de noviembre de 1970.

Artículo 3Artículo 3

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4Artículo 4

Comuníquese, publíquese, etc.