DecretoNº 366-1966·1966
Chamsec. Expedición de certificados
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
28 de julio de 1966
Fecha de publicación
3 de agosto de 1966
Texto
Declárase que en todos los casos de interrupción de los servicios a cargo de CHAMSEC, quedará en suspenso hasta 20 días después de restablecidos los servicios, la exigencia de la presentación de los certificados que expide el Organismo (artículos 25 y 27 de la Ley N° 12.839).