DecretoNº 367-1964·1964
Comercio exterior. Pérdida o sustracción de mercaderías importadas
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
22 de setiembre de 1964
Fecha de publicación
6 de octubre de 1964
Texto
Declárase que la debida justificación por pérdida o sustracción de mercaderías importadas, procede solamente a los fines de la no aplicación de sanciones, pero no para la liquidación de impuestos.