Decreto367-1964·1964

Comercio exterior. Pérdida o sustracción de mercaderías importadas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

22 de setiembre de 1964

Fecha de publicación

6 de octubre de 1964

Texto

Declárase que la debida justificación por pérdida o sustracción de mercaderías importadas, procede solamente a los fines de la no aplicación de sanciones, pero no para la liquidación de impuestos.