Artículo 1 — Artículo 1
Declárase incluida en el artículo 2 de la ley 3.606, de 13 de abril de 1910, a la enfermedad infecciosa denominada Lengua Azul.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
25 de junio de 1980
Fecha de publicación
15 de agosto de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Declárase incluida en el artículo 2 de la ley 3.606, de 13 de abril de 1910, a la enfermedad infecciosa denominada Lengua Azul.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.