Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Información de Defensa a efectuar la transformación de 18 (dieciocho) cargos de Soldado de Segunda en 10 (diez) cargos de Soldado de Primera.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
26 de octubre de 1982
Fecha de publicación
8 de noviembre de 1982
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Información de Defensa a efectuar la transformación de 18 (dieciocho) cargos de Soldado de Segunda en 10 (diez) cargos de Soldado de Primera.
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Servicio de Información de Defensa y a la Contaduría General de la Nación.-