Artículo 1 — Artículo 1
Agrégase al artículo 6º del decreto 574/974, de 12 de julio de 1974 y modificativos, el siguiente numeral: "29. Correos".
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
25 de junio de 1980
Fecha de publicación
17 de julio de 1980
Artículo 1 — Artículo 1
Agrégase al artículo 6º del decreto 574/974, de 12 de julio de 1974 y modificativos, el siguiente numeral: "29. Correos".
Artículo 2 — Artículo 2
Suprímese el numeral 20 del artículo 8 del decreto mencionado anteriormente.
Artículo 3 — Artículo 3
Dispónese que el Programa de funcionarios 1.10 Unidad Ejecutora 06, Sector 07, del Inciso 8 "Servicios Postales", así como su Unidad Ejecutora "Dirección Nacional de Correos", pase a depender del Ministerio de Educación y Cultura con sus bienes, servicios y funcionarios".
Artículo 4 — Artículo 4
Comuníquese, etc.