Artículo 1 — Artículo 1
Fíjanse las siguientes detracciones por cada un (1) quilogramo a las exportaciones de la mercadería que a continuación se detalla: 1) Cueros vacunos sanos: N$ 2.83 (nuevos pesos dos con ochenta y tres centésimos); 2) Cueros vacunos salados y/o pickelados de: A) Novillos y vacas sanas, N$ 2.99 (nuevos pesos dos con un noventa y nueve centésimos). B) Rechazo de novillos y vacas: N$ 2.93 (nuevos pesos dos con noventa y tres centésimos). C) Terneras y vaquillonas sanas N$ 3.67 (nuevos pesos tres con sesenta y siete centésimos); D) Terneras y vaquillonas de rechazo N$ 3.24 (nuevos pesos tres con veinticuatro centésimos) E) Toros y bueyes sanos, N$ 2.13 (nuevos pesos dos con trece centésimos) F) Toros y bueyes de rechazo, N$ 1.95 (nuevos pesos uno con noventa y cinco centésimos).