DecretoNº 370-1968·1968
Funcionarios diplomaticos. Vehículos automotores
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
6 de junio de 1968
Fecha de publicación
20 de junio de 1968
Texto
Establécese que las disposiciones sobre importación de vehículos automotores por diplomáticos extranjeros y similares, no se aplicarán a las transferencias de vehículos cuya introducción hubiese sido solicitada con anterioridad al 12 de setiembre de 1967.