Decreto371-1965·1965

Comercio exterior. Importaciones. Materias primas. Declaración jurada de existencias

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de agosto de 1965

Fecha de publicación

27 de agosto de 1965

Texto

Establécese que todo comerciante o industrial deberá presentar ante la Dirección de Industrias, declaración jurada de todas las existencias de materias primas de procedencia extranjera que tenga en su poder a la fecha del presente decreto.