DecretoNº 371-1965·1965
Comercio exterior. Importaciones. Materias primas. Declaración jurada de existencias
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
16 de agosto de 1965
Fecha de publicación
27 de agosto de 1965
Texto
Establécese que todo comerciante o industrial deberá presentar ante la Dirección de Industrias, declaración jurada de todas las existencias de materias primas de procedencia extranjera que tenga en su poder a la fecha del presente decreto.