Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Información de Defensa a efectuar la transformación de 20 (veinte) cargos de Soldado de 2.a en 9 (nueve) cargos de Cabo de 2.a.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
4 de julio de 1978
Fecha de publicación
12 de julio de 1978
Artículo 1 — Artículo 1
Autorízase al Servicio de Información de Defensa a efectuar la transformación de 20 (veinte) cargos de Soldado de 2.a en 9 (nueve) cargos de Cabo de 2.a.
Artículo 2 — Artículo 2
Dése cuenta al Consejo de Estado, acorde a lo establecido en el artículo 112 de la ley 14.189 de 30 de abril de 1974.
Artículo 3 — Artículo 3
Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Financiero Contable del Ministerio de Defensa Nacional, Servicio de Información de Defensa y a la Contaduría General de la Nación. -