Decreto376-1979·1979

Obligación de los Juzgados de la República, así como las dependencias del Ministerio del Interior, de dar contestación inmediata a los oficios remitidos por autoridades judiciales

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

3 de julio de 1979

Fecha de publicación

20 de julio de 1979

Artículos (2)

Artículo 1Artículo 1

Dispónese que los Juzgados de la República, así como las dependencias del Ministerio del Interior, den inmediata contestación a los oficios remitidos por autoridades judiciales, en cuanto en ellos se solicitara información en relación con las causas penales que se tramitan en sus respectivas Sedes.

Artículo 2Artículo 2

Comuníquese, etc.