Artículo 1 — Artículo 1
Fíjase en N$ 80.00 (nuevos pesos ochenta) el valor de la Cédula de Identidad que expide la Dirección Nacional de Identificación Civil, a partir del momento en que se implante el sistema "Polaroid" de fotos en colores y revelado instantáneo, en la expedición de las mismas.