Decreto38-1968·1968

Tributos. Licencias alcohólicas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

16 de enero de 1968

Fecha de publicación

22 de enero de 1968

Texto

Reglaméntanse la Ley N° 13.637 artículos 95 a 114 del Presupuesto Nacional de Recursos, que modifican las licencias alcohólicas, estableciéndose como impuesto de liquidación anual percibido por la Oficina de Impuestos Directos de la Dirección General Impositiva. El monto imponible se determina en base a los trabajadores teniendo en cuenta la zona de ubicación del establecimiento capital e interior y la alícuota se diferencia para fabricantes, importadores y mayoristas, distribuidores y agentes de bebidas alcohólicas destiladas.

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