Decreto381-1979·1979

Aprobación de racionalización administrativa y reestructura presupuestal en el Tribunal de Cuentas

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

4 de julio de 1979

Fecha de publicación

26 de julio de 1979

Artículos (9)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la Reestructura Presupuestal y Racionalización Administrativa del Programa 1.01 "Contralor Económico Financiero de los Organismos del Sector Público" del Inciso 17 en cuyo proyecto se encuentran incluidos los antecedentes respectivos.

Artículo 2Artículo 2

Los cargos presupuestales del referido Programa pasarán a ser los siguientes: Programa: "Contralor Económico Financiero de los Organismos del Sector Público". Unidad Ejecutora: Tribunal de Cuentas. Nº Denominación Escalafón Grado Cargos 1 Presidente............................ Cj -- 6 Ministro.............................. Cj -- 1 Director de División Cr............... AaA E6 1 Director de División Abog............. AaA E6 2 Subdirector de Div. Cr................ AaA E5 1 Subdirector de Div. Abog.............. AaA E5 5 Director de Depto. Cr................. AaA E3 4 Director de Depto. Abog............... AaA E3 1 Director de Depto. Escr............... AaA E3 53 Técnico I Contador.................... AaA E1 7 Técnico I Abogado..................... AaA E1 1 Técnico I Escribano................... AaA E1 1 Jefe de Sección Bibliotecario ........ AaB 5 2 Técnico I Procurador.................. AaB 4 3 Técnico II Procurador................. AaB 3 3 Técnico III Procurador................ AaB 2 1 Director de División.................. Ab E7 2 Subdirector de División............... Ab E6 2 Director de Departamento ............. Ab E5 2 Subdirector de Departamento........... Ab E4 1 Jefe de Departamento.................. Ab E3 2 Subjefe de Departamento............... Ab E2 11 Jefe de Sección....................... Ab E1 13 Subjefe de Sección.................... Ab 12 30 Inspector............................. Ab 11 40 Administrativo I...................... Ab 10 29 Administrativo II..................... Ab 9 6 Administrativo III.................... Ab 8 11 Administrativo IV..................... Ab 7 1 Intendente............................ Ad E6 2 Subintendente......................... Ad E5 1 Encargado I........................... Ad E4 6 Encargado II.......................... Ad E3 4 Auxiliar de Servicio I................ Ad E2 4 Auxiliar de Servicio.................. Ad E1 3 Auxiliar de Servicio.................. Ad 7 ---- 263 Las asignaciones de los cargos aprobados en esta Reestructura, serán determinadas por la Contaduría General de la Nación en función de las retribuciones que correspondan a la fecha de su vigencia.

Artículo 3Artículo 3

La aplicación de lo dispuesto precedentemente no puede significar disminución de las actuales remuneraciones de los funcionarios de las citadas Unidades Ejecutoras.

Artículo 4Artículo 4

Apruébase la estructura orgánico-administrativa de la Unidad Ejecutora del Inciso 17 que figura en los antecedentes glosados a este decreto.

Artículo 5Artículo 5

La presente Reestructura tendrá vigencia desde el día 1º de abril de 1979, debiéndose efectuar las regularizaciones a que ella obligue, dentro de los sesenta días de su aprobación. Tales regularizaciones regirán desde la fecha de vigencia de la Reestructura.

Artículo 6Artículo 6

La planilla de cargos, que forma parte de esta Reestructura será ajustada al padrón existente a la fecha de vigencia de la misma de acuerdo con las supresiones de cargos operadas por pase a disponibilidad simple y por redistribución, así como por incorporación de cargos.

Artículo 7Artículo 7

Dentro de los ciento ochenta días de publicado el presente decreto, las Unidades Ejecutoras deberán presentar el nuevo Reglamento Orgánico Funcional de sus dependencias y el Manuel de descripción y especificación de cargos, los que serán aprobados por la autoridad competente, previo informe favorable de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión.

Artículo 8Artículo 8

Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 9Artículo 9

Comuníquese, publíquese, etc.