Decreto383-1982·1982

Modificación presupuestal de la Administración Municipal de Río Negro. Ejercicio 1982

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

28 de octubre de 1982

Fecha de publicación

11 de noviembre de 1982

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Apruébase la Modificación Presupuestal para el Ejercicio 1982, propuesta por la Administración Municipal de Río Negro (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) cuyos montos quedan fijados en N$ 65:900.000 (nuevos pesos sesenta y cinco millones novecientos mil). Los mismos presentarán la siguiente composición: I) Egresos: (en miles de nuevos pesos) Vigente Proyectado Retribuciones Personales 18.426,4 21.957,5 Beneficios y cargas sociales 4.369,5 6.511,2 -------- -------- Sub-total 22.795,9 28.468,7 Gastos de Funcionamiento 20.871,0 17.620,0 Transferencia 400,0 1.520,0 Inversiones 16.600,0 17.546,0 Junta de Vecinos 612,6 745,3 -------- -------- Total 61.279,5 65.900,0 II) Ingresos: A - De origen Departamental Vigente Proyectado Contribución Inmobiliaria Rural 12.170,4 12.500,0 Contrib. Inmob. Urbana y Suburbana 2.098,1 4.000,0 Terrenos Baldíos y Edif. Inapropiada 523,4 2.000,0 Patente de Rodados 4.979,5 9.000,0 Imp. a los Remates, Vtas. y Consignac. 14.498,6 14.091,0 Imp. a las Activ. Pcas. y Otros Imp. 110,0 110,0 Tasa General Integral 1.678,5 3.510,0 Tasa Bromatológica 600,0 600,0 Sellados, Tbres. Mpales y otras Tasas 1.531,8 1.490,0 Tasa Conser. Vialidad urb. y Sub-urb. 400,0 700,0 Proventos y Precios Varios 1.894,5 3.000,0 Contribución por mejoras 3.800,0 4.199,0 Multas 1.350,0 3.500,0 Fondos de Inversiones 5.224,2 -- Ingresos Extraordinarios 1.200,0 500,0 B - De Origen Nacional Convenios y Contribuciones 9.220,5 6.700,0 -------- -------- Total 61.279,5 65.900,0

Artículo 2Artículo 2

En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos, deberán abatirse gastos a efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

Artículo 3Artículo 3

El régimen de compensación por dedicación total deberá ajustarse, en cuanto a monto y regulación a lo vigente en lo nacional.

Artículo 4Artículo 4

Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no mencionadas en la presente modificación.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese, etc.