Artículo 1 — Artículo 1
Establécese, por vía interpretativa, que las normas del decreto 610/979, de 17 de octubre de 1979 son de aplicación, exclusivamente, a los casos de actuaciones expropiatorias en vía administrativa.
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de julio de 1981
Fecha de publicación
18 de agosto de 1981
Artículo 1 — Artículo 1
Establécese, por vía interpretativa, que las normas del decreto 610/979, de 17 de octubre de 1979 son de aplicación, exclusivamente, a los casos de actuaciones expropiatorias en vía administrativa.
Artículo 2 — Artículo 2
Comuníquese, etc.