Decreto386-1976·1976

Creación de la Comisión Nacional de Arqueologia

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

29 de junio de 1976

Fecha de publicación

7 de julio de 1976

Artículos (5)

Artículo 1Artículo 1

Créase la Comisión Nacional de Arqueología con la finalidad de asesorar y organizar los trabajos de prospección, estudio y preservación de los bienes arqueológicos del territorio nacional, la que actuará con sujeción a lo dispuesto en el artículo 14º de la ley 14.040. (*)

Artículo 2Artículo 2

Dicha Comisión, estará integrada por un Delegado de la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, que la presidirá, un Delegado del Ministerio de Defensa Nacional, un Delegado de la Universidad de la República y un Delegado de la Sociedad Amigos de la Arqueología que ejercerá las funciones de Secretaría. La Comisión se integrará, temporariamente, además con un Delegado de la Intendencia Municipal del Departamento en que se efectúen los trabajos, durante el lapso de realización de los mismos. Las resoluciones se tomarán por mayoría simple, correspondiendo al Presidente decidir en caso de empate.

Artículo 3Artículo 3

Los Delegados deberán ser designados dentro de un plazo de 15 días a partir de la fecha de las comunicaciones respectivas. Una vez integrada, la Comisión procederá a establecer el orden y las prioridades en que se desarrollarán las actividades mencionadas en el artículo 1º.

Artículo 4Artículo 4

El Ministerio de Educación y Cultura proporcionará los elementos y recursos necesarios para el funcionamiento de esta Comisión.

Artículo 5Artículo 5

Comuníquese a la Comisión del Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural de la Nación, a la Universidad de la República, a la Sociedad Amigos de la Arqueología, a las Intendencias Municipales, publíquese y cumplido archívese.