Decreto390-1965·1965

Tributos. Fiscalización

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

2 de setiembre de 1965

Fecha de publicación

9 de setiembre de 1965

Texto

Facúltase a la Inspección General de Impuestos de la Dirección General Impositiva, para proceder a la aplicación de sanciones en los casos de contravención que constate, de acuerdo a lo establecido por el artículo 375 de la Ley Nº 12.804, y a perseguir su cobro en la vía administrativa y/o jurisdiccional.