Decreto390-1978·1978

Fijación de escala de viáticos a funcionarios de la Administración Central

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

5 de julio de 1978

Fecha de publicación

17 de julio de 1978

Artículos (3)

Artículo 1Artículo 1

Fíjase la escala de viáticos a percibir, de acuerdo a la reglamentación establecida en el decreto 819/975, de 28 de octubre de 1975 en: Categoría A: N$ 167.00; Categoría B: N$ 100.00; Categoría C: N$ 67.00.

Artículo 2Artículo 2

El presente decreto comenzará a regir a partir del 1º de julio de 1978.

Artículo 3Artículo 3

Comuníquese, etc.