DecretoNº 392-1964·1964
Comercio exterior. Exoneración de tributo. Yerba. CAFE. Azúcar. Arpillera. Maquinaria VIAL. Medicamentos
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de octubre de 1964
Fecha de publicación
21 de octubre de 1964
Texto
Prorrógase hasta determinada fecha la exoneración de derechos aduaneros y adicionales, así como de todo tributo a la importación e impuestos a las transferencias de fondos al exterior, a las mercaderías que se determinan.