Decreto393-1973·1973

Derechos humanos. Medidas prontas de seguridad

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

1 de junio de 1973

Fecha de publicación

6 de junio de 1973

Texto

Adóptanse medidas extraordinarias manteniéndose el arresto de personas incursas en actividades subversivas o en ilícitos económicos, autorizándose las requisas; prohíbese la divulgación por la prensa oral, escrita o televisada que directa o indirectamente conspiren contra la Patria o a operaciones antisubversivas con excepción de los comunicados oficiales.