DecretoNº 393-1973·1973
Derechos humanos. Medidas prontas de seguridad
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
1 de junio de 1973
Fecha de publicación
6 de junio de 1973
Texto
Adóptanse medidas extraordinarias manteniéndose el arresto de personas incursas en actividades subversivas o en ilícitos económicos, autorizándose las requisas; prohíbese la divulgación por la prensa oral, escrita o televisada que directa o indirectamente conspiren contra la Patria o a operaciones antisubversivas con excepción de los comunicados oficiales.