Decreto395-1972·1972

Inmigracion. Derechos de importación. Exoneración

Documento Actualizado

Fecha de promulgación

8 de junio de 1972

Fecha de publicación

21 de junio de 1972

Texto

Dispónese que los ciudadanos naturales y legales uruguayos que sean profesionales universitarios o técnicos especializados y que hayan ejercido su actividad en el extranjero, gozarán a su regreso al país de la exención de todo tributo para la importación de máquinas, muebles y objetos de uso personal.