DecretoNº 395-1972·1972
Inmigracion. Derechos de importación. Exoneración
Documento Actualizado
Fecha de promulgación
8 de junio de 1972
Fecha de publicación
21 de junio de 1972
Texto
Dispónese que los ciudadanos naturales y legales uruguayos que sean profesionales universitarios o técnicos especializados y que hayan ejercido su actividad en el extranjero, gozarán a su regreso al país de la exención de todo tributo para la importación de máquinas, muebles y objetos de uso personal.